Colegio
Particular Mixto “Nuevo Amanecer”
Barrió
Magdalena, Cubulco, B.V.
Telefax
79540241
Reglamento
de funcionamiento
Capítulo I
DEL FUNCIONAMIENTO
Artículo 1º. Para su funcionamiento, el
Colegio Particular Mixto “Nuevo Amanecer” se regirá por las planes, programas
de estudios vigentes, así como de las leyes, reglamentos y demás disposiciones
oficiales emanadas de las autoridades del Ministerio de Educación, del Código
de trabajo y de las autoridades internas del establecimiento.
Capítulo
II
FINES
Y OBJETIVOS DEL COLEGIO
Artículo 2º. Son fines del
Colegio Particular Mixto “Nuevo Amanecer” los siguientes:
a)
Proporcionar una educación formal,
basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales,
que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo productivo,
la convivencia social armónica, permitiéndole el acceso a mejores niveles de
vida.
b)
Cultivar y fomentar las cualidades
intelectuales, físicas, morales, espirituales y cívicas de la población, basadas
en un proceso histórico y el respeto a la naturaleza.
c)
Formar ciudadanos con conciencia crítica e investigativa de la
realidad de su comunidad en función de
su proceso histórico, para que pueda enfrentar con eficacia los cambios que la
sociedad le presenta.
d)
Formar ciudadanos respetuosos de
sus semejantes y temerosos a Dios.
Artículo 3º. Los objetivos del Colegio Particular Mixto “Nuevo Amanecer” son los
siguientes:
a)
Contribuir en el proceso de
Desarrollo integral de la
Comunidad educativa, mediante el funcionamiento del Colegio
Particular Mixto Nuevo Amanecer con sus servicios del ciclo Básico y
Diversificado.
b)
Contribuir con la población brindando educación formal a precios accesibles y razonables, con
calidad educativa y con personal docente idóneo.
c)
Ampliar la cobertura educativa
brindando posibilidades de profesionalización y formación de recursos humanos
en las áreas técnicas y humanísticas.
CAPITULO III
CALIDADES DELPERSONAL
Artículo 4º. El personal de
Colegio del Colegio Nuevo Amanecer, de acuerdo a la naturaleza de
sus funciones, se
clasifica en:
a)
TÉCNICO ADMINISTRATIVO: Integrado
por el Directo del Centro Educativo.
b)
DOCENTE: Integrado por todos lo catedráticos.
c)
ADMINISTRATIVO: Integrado por el Secretario-Contador (a)
d)
DE SERVICIO: Integrado por el o
los conserjes.
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN
Artículo 5º. La estructura organizacional y
funcional del Colegio Nuevo Amanecer, será la
siguiente:
a)
Director (a) del Proyecto Nuevo
Amanecer
b)
Director Técnico Administrativo
c)
Subdirectores
d)
Secretaría y Contaduría
e)
Claustro
f)
Consejos de grado
g)
Directiva Central de Estudiantes
Capítulo V
FUNCIONES
Artículo 6º. El Director Técnico
Administrativo es la máxima autoridad del Colegio Nuevo Amanecer y representa a
éste en todos los actos oficiales.
Artículo 7º. El Director Técnico Administrativo depende directamente del Director
(a) la Asociación
de Padres del familia del Proyecto Nuevo Amanecer.
Artículo 8º. Son funciones del Director
Técnico Administrativo del Colegio Nuevo Amanecer las siguientes:
a)
Dirigir, coordinar, orientar,
supervisar y evaluar todas las actividades de carácter técnico y administrativo
del Colegio.
b)
Gestionar y/o resolver situaciones
inherentes a su cargo ante el Ministerio de Educación y ante el Director (a) de
la Asociación
de Padres de familia del Proyecto Nuevo Amanecer.
c)
Elaborar conjuntamente con el
claustro de docentes el Plan Operativo Anual y el Presupuesto de cada ciclo
escolar.
d)
Velar por el cuidado y
mantenimiento de los bienes muebles, inmuebles, materiales y equipo asignado o
propio del Colegio.
e)
Velar y garantizar la calidad de
educación y el buen prestigio del Colegio.
f)
Convocar al claustro de docentes a
reuniones de carácter ordinario o
extraordinario.
g)
Dirigir las reuniones a nivel del
claustro.
h)
Velar por el mejoramiento social y
cultural del personal a su cargo.
i)
Fomentar la armonía con todas las
instancias de la Asociación
de Padres de familia del Proyecto Nuevo Amanecer.
j)
Rendir informes técnicos y
contables en forma periódica al Director (a)
de la Asociación
de Padres de familia del Proyecto Nuevo Amanecer.
k)
Velar por el estricto cumplimiento
del presente reglamento.
Artículo 9º. El Secretario (a) Contador
(a) depende directamente del Director Técnico Administrativo del Colegio.
Artículo 10º. Son funciones del Secretario
(a) Contador (a) del Colegio Nuevo Amanecer las siguientes:
a)
Llevar control y registro de la
correspondencia del Colegio.
b)
Llevar la contabilidad del
Colegio.
c)
Extender certificaciones con
autorización del Director.
d)
Redactar actas y/o memorias que
ordene el Director.
e)
Comunicar al personal Docente y de
servicio las disposiciones emanadas de la Dirección.
f)
Llevar control y registro de
calificaciones de los estudiantes.
g)
Ordenar y controlar los archivos
del Colegio.
h)
Cuidar y responder por los bienes,
mobiliario y equipo asignado a su tarjeta de responsabilidades
i)
Participar en las reuniones y
cumplir con las comisiones que le asigne el Director.
j)
Recaudar todos los fondos por
concepto de inscripciones, colegiaturas y otros, extendiendo los recibos
correspondientes.
k)
Rendir informes contables
periódicamente al Director.
l)
Participar en la elaboración del
Plan Operativo Anual y Presupuesto del Colegio.
Artículo 11º. EL CLAUSTRO DE CATEDRATICOS es
un órgano consultivo, permanente, coordinador, orientador y ejecutor de todas
las actividades del establecimiento. Sus relaciones son de carácter técnico y
de orden interno.
Artículo 12º. El Claustro es
convocado por el Director del Colegio. Su Quórum lo forma la mitad mas uno del
total de los miembros del Personal Docente.
Artículo 13º. Sus sesiones ordinarias las
efectuarán en períodos que no interfieran con las clases de los estudiantes.
Artículo 14º. Las funciones del Claustro son:
a)
Asistir a las reuniones que
convoque el Director Técnico Administrativo.
b)
Orientar a la Directiva de estudiantes
para que cumpla eficazmente sus funciones y coordinar actividades con ellos.
c)
Cumplir con las comisiones que le
asigne el Director Técnico Administrativo.
d)
Participar en la elaboración del
Plan Operativo Anual y presupuesto del Colegio.
e)
Participar en actividades de
actualización y capacitación.
f)
Cumplir con calendarios y horarios
de trabajo docente.
g)
Promover campañas de ornato y
limpieza para el establecimiento.
h)
Cooperar con el mantenimiento y
buen estado de los bienes muebles, inmuebles, mobiliario y equipo del Colegio.
i)
Velar por el fiel cumplimiento del
presente reglamento.
Artículo 15º. La Directiva General
de Estudiantes es un órgano
representativo y formal de todos los estudiantes legalmente inscritos. Su ámbito de competencia y jurisdicción se
enmarca en actividades sociales, culturales, deportivas y empresariales.
Artículo 16º. Son funciones de la Directiva General
de Estudiantes las siguientes:
a)
Identificar problemas, intereses y
necesidades educativas básicas de los estudiantes, así como la formulación ante
instancias respectivas, de los mecanismos pacíficos y legales que tiendan a
resolver la problemática identificada.
b)
Promover actividades sociales, culturales y deportivas
tendientes a fomentar la solidaridad, la disciplina y la moral entre la
comunidad educativa del Colegio.
c)
Participar en reuniones con el
Claustro, Director y Padres de familia.
Capitulo VI
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 17º. Son Derechos de la Asociación de Padres de
familia del Proyecto Nuevo Amanecer 3059, la Propiedad de todos los
bienes muebles, inmuebles, mobiliario y equipo del Colegio.
Artículo 18º. Es derecho de la Asociación de Padres de
familia del Proyecto Nuevo Amanecer 3059, recibir informes oportunos y
fidedignos de la Administración
General del Colegio, así como exigir el estricto cumplimiento
del presente Reglamento Interno.
Artículo 19º. Son derechos inalienables e
irrenunciables del Personal Técnico Administrativo, Docente, Docente,
Administrativo y de servicio los siguientes:
a)
Recibir un trato digno como
trabajadores y personas humanas.
b)
Recibir sus sueldos, salarios ú
honorarios profesionales y prestaciones laborales de acuerdo a la ley y a la
capacidad económica del Colegio.
c)
Laborar las horas y jornadas de
acuerdo al código de trabajo.
Artículo 20º. Son Derechos de los estudiantes:
a)
El respeto a su cultura e
identidad, así como a todos sus derechos inherentes a su calidad humana.
b)
Recibir y adquirir conocimientos
científicos, técnicos y humanísticos a través de una metodología adecuada.
c)
Participar en todas las
actividades de la comunidad educativa.
d)
Ser evaluados con objetividad y
justicia.
e)
Ser estimulado positivamente en
todo momento de su proceso educativo.
f)
Organizarse en directivas
estudiantiles sin ser objeto de represalias.
Artículo 21º. Son obligaciones de la Asociación de Padres de
familia del Proyecto Nuevo Amanecer 3059 las siguientes:
a)
Asistir financieramente durante
los dos primeros años de funcionamiento del Colegio para la implementación de
mobiliario y equipo para el mismo.
b)
Velar por la calidad de educación
y prestigio del Colegio.
c)
Supervisar y evaluar el
funcionamiento técnico y financiero del Colegio.
d)
Velar por el estricto cumplimiento
del presente reglamento.
Artículo 22º. Son obligaciones del Personal
Técnico Administrativo, Docente, Administrativo y de servicio los siguientes:
a)
Cumplir con los calendarios y
horarios de trabajo docente.
b)
Planificar programas y evaluar
actividades educativas en forma técnica.
c)
Respetar y fomentar el respeto a
la comunidad, su cultura, valores éticos y morales.
d)
Actualizar constantemente y
permanentemente los contenidos y la metodología educativa; de tal forma que se
adapte a las nuevas tendencias pedagógicas.
e)
Participar en actividades de
actualización y capacitación docente.
f)
Participar en las reuniones que
convoque el Director Técnico Administrativo.
g)
Cumplir con las comisiones y/o
tareas que le asigne el Director.
h)
Presentarse con traje formal a sus
horarios y jornadas de trabajo.
i)
Evaluar con justicia y objetividad
a sus estudiantes.
j)
Entregar con prontitud los
resultados de las evaluaciones para informar a los padres de familia del
desempeño de sus hijos.
k)
Cumplir con el presente
Reglamento.
Artículo 23º. Son obligaciones de los estudiantes:
a)
Inscribirse al inicio de cada
ciclo escolar acompañado del padre de familia o encargado y llenar la hoja de
compromisos.
b)
Entregar su papelería completa y
en orden.
c)
Asistir puntualmente a clases.
d)
No faltar a clases, salvo por
motivos de fuerza mayor debidamente justificable. En éste caso deberá
presentarse el padre de familia o encargado personalmente.
e)
Asistir a clases debidamente
uniformado o en su caso con traje
típico.
f)
Respetar a todos los miembros de
la comunidad educativa.
g)
Evitar relaciones de noviazgo
dentro del establecimiento y en actividades del mismo..
h)
Evitar el uso del Celular en horas
de clase.
i)
Preservar los bienes muebles,
inmuebles, mobiliario y equipo del Colegio.
j)
No abandonar el salón de clases
sin el permiso del catedrático respectivo.
k)
No abandonar el edificio del
Colegio en días y horas de clases, sin el permiso del Director.
l)
Cumplir con las tareas y/o
comisiones de carácter educativo que le asignen.
m)
No apropiarse de pertenencias
ajenas o usarlas sin la respectiva autorización del propietario.
n)
Guardar respeto a las autoridades
del Colegio y evitar totalmente toda clase de calumnia, injuria o difamación.
o)
Someterse a las evaluaciones
regulares.
p)
Cancelar en el período establecido
por la Dirección
las Colegiaturas y otras cuotas requeridas legalmente.
q)
Evitar dentro y fuera del Colegio,
la comisión de actos reñidos con la ley, la moral y las buenas costumbres que
afecten el prestigio del Colegio.
r)
Pagar el costo de los daños que
ocasione al bien mueble, inmueble, mobiliario y equipo.
s)
Contribuir a la limpieza y el
ornato del establecimiento.
Dado en el Municipio de Cubulco, del Departamento de
Baja Verapaz a los cinco días del mes de
Enero mil novecientos noventa.
Aparecen las firmas del Director Técnico Administrativo,
La Directora
de la Asociación
de
Padres de familia y el Vo. Bo. de la Coordinación Técnica
Administrativa.
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